Oct222011
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60 PREGUNTAS Y RESPUESTAS DE LA DGI - LEY 72 DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2011

 


Del alcance general de la norma

  1. La impresora fiscal ¿será solo obligatoria para las empresas que utilicen caja registradora?
  2. Un negocio que siempre ha facturado manualmente, ¿está obligado a adquirir equipos fiscales?
  3. Si una empresa tiene un sistema debidamente autorizado para la emisión de facturas a través de formularios pre-impresos o propios, ¿requiere un equipo fiscal?

El objetivo es controlar tanto los ingresos gravables como el ITBMS. En consecuencia, la norma abarca a todo contribuyente obligado a expedir factura o documento equivalente, independientemente de:

  • el medio de facturación que se haya utilizado a la fecha, ya sea manual, sustitutos de facturas, facturas pre-impresas o facturas en formularios propios,
  • la suma facturada mensualmente, el total de ingresos anuales o la periodicidad de la facturación,
  • si el contribuyente, segmento, producto o servicio esta exento del ITBMS,
  • la forma de pago (contado o crédito).

 Los sectores y actividades excluidos por ley son:

  • La actividad agrícola.
  • La transmisión de bienes inmuebles y de aquellos bienes muebles que deban constar o consten de escrituras públicas.
  • Los servicios de transporte público nacional de personas por vía terrestre y marítima.
  • Las operaciones y servicios en general realizados por los Bancos y otros Instituciones Financieras, incluidas las empresas de arrendamiento financiero y los fondos de mercado monetario; así como las realizadas por las instituciones bancarias de crédito o financieras regidas por las leyes especiales, las instituciones y fondos de ahorros, los fondos de pensión, los fondos de retiro y previsión social, y las entidades de ahorro y préstamo.
  • Las operaciones realizadas por la Bolsa de Valores de Panamá.
  • Los servicios prestados bajo la relación de dependencia de conformidad con el Código de Trabajo.
  • Los servicios prestados en ejercicio de profesiones liberales, artesanales y artísticas.

De segmentos específicos

  1. Los Internet Café chicos, máximo 10 computadoras, ¿necesitan impresoras fiscales?
  2. Somos una pequeña industria de confección, nuestra facturación actual es por factura manual ya que lleva muchos detalles sobre las prendas. ¿debemos tener la impresora fiscal?
  3. ¿Cómo hará un taller de tornería que solo hace 5 facturas al mes tendrá que comprar la impresora fiscal?
  4. Las empresas que alquilan equipos para convenciones, congresos ¿debemos utilizar las impresoras fiscales?
  5. Las funerarias ¿necesitan utilizar impresora fiscal?
  6. Soy revendedora de útiles de oficina y trabajo en casa, ¿debo tener impresora fiscal?
  7. Las empresas de transporte de carga pesada (mulas), logística, acarreo, etc., ¿deben tener impresoras fiscales?
  8. Las escuelas y universidades que por ley no cobran el 7%, ¿deben tener impresoras fiscales?
  9. Las escuelas privadas que se basan en contratos de servicios educativos ¿deben utilizar impresoras fiscales para registrar el pago de las mensualidades?
  10. Estoy por abrir un negocio, una guardería, ¿necesito tener una impresora registradora fiscal?, tengo entendido que en este tipo de negocio no se cobra el 7%
  11. Las estaciones de expendio de combustible (gasolina) ¿deben utilizar equipos fiscales?

Para todos los segmentos y actividades planteadas en esta serie de preguntas, es oobligatorio expedir facturas a través de equipos fiscales, considerando que:

  • Generan ingresos gravables en la República de Panamá,
  • Están obligados a documentar sus ingresos mediante factura,
  • No están explícitamente exceptuados de la obligación de adoptar equipos fiscales para facturar.

De la micro y pequeña empresa

  1. Para una micro empresa que solo vende mercancía los fines de semana para ganar un extra donde el máximo en facturación semanal es de B/. 300 y ¿necesita presentar facturas a los clientes, aplica la norma?
  2. Mi pequeña empresa empezó en enero, todavía ni se si va a prosperar ¿como hago?
  3. No todas las empresas tenemos esas ganancias, vean a los que estamos tratando de surgir. Hay quienes somos responsables y no tenemos B/. 800 para invertir tenemos que cerrar. Las pequeñas empresas del interior no son iguales que las de la capital.
  4. ¿Como hace un internet que cuenta con cinco maquinas que genera entre 20 y 50 dólares diarios?, esa máquina se paga en dos años
  5. Soy pequeña empresa, factura manual, llevo la contabilidad manual, no tengo instalados sistemas de cómputo para facturar, ni para llevar mis registros, ¿que hago? ¿Con que plata monto todo un sistema para poder instalar estos sistemas y equipos?
  6. Las empresas que se dedican a la organización y decoración de eventos con ingresos menores a B/. 3,000 y no cobran el 7% ¿deben usar impresoras fiscales?
  7. ¿En que quedó el pliego de peticiones del grupo de las pequeñas empresas?

No existe en la norma ningún mínimo de ingresos anuales, ni de periodicidad de la emisión de facturas, para hacer efectiva la obligación de adoptar los equipos fiscales.

Las empresas pequeñas, o las que cuentan con un solo punto de facturación, pueden optar por na caja registradora fiscal, que opera de manera autónoma. Con este equipo no se requiere invertir en equipos adicionales o en programas de facturación.

La DGI reconocerá un crédito fiscal por el equivalente al 50%, hasta B/. 700.00 (el que sea menor) por cada equipo fiscal adquirido hasta el 30 de septiembre de 2011.


 

De los intermediarios / comisionistas

  1. Una empresa dedicada desde hace 5 meses a la intermediación de compra de fletes, parecido a un agente de carga, las facturas que se generan suman miles pero mis ganancias no pasan de 150, ¿necesitamos una impresora fiscal?
  2. ¿Donde se puede leer sobre este tema que nos ilustre ampliamente y nos permita analizar los pro y contra para continuar o no con la pequeña empresa?, ya que como corredor, nuestra comisión es sobre cobros de primas y no sobre la facturación de la aseguradora porque muchas veces estas facturan la póliza anual pero luego es anulada por falta del cumplimiento de pago.
  3. Un corredor de seguro con 36,000 al año, ¿tendrá que facturar las comisiones por cada aseguradora en base a cual información? ya que el 90% de sus clientes pagan por tarjeta de crédito, descuentos bancarios de los cuales no se tiene control sino la aseguradora ¿Cómo hacemos sino se cuenta con personal para esa labor y lo que ingresa no da para incrementar mas gastos?
  4. Los corredores de seguros ¿debemos hacer factura por cada comisión quincenal o mensual recibida de las aseguradoras a pesar que éstas declaran lo que pagan a cada corredor? ¿No es duplicidad de trabajo, ya que comprueban los ingresos del corredor con la declaración de la aseguradora?
  5. Los Bienes y Raíces y Corredores de Seguros ¿requieren la compra de la impresora fiscal?
  6. Las bodegas de carga aérea del aeropuerto de Tocumen que facturan el cobro de guías aéreas ¿tienen que utilizar estas impresoras fiscales?

La norma abarca a las empresas que operan como comisionistas.

Si el comisionista factura la totalidad del servicio prestado, deberá documentarlo mediante un equipo fiscal, segregando la porción que corresponde a la comisión, con su
ITBMS correspondiente (cuando aplique).

Si el comisionista actúa solo como intermediario y recibe directamente del proveedor principal una comisión, la misma debe estar respaldada por una factura emitida por un
equipo fiscal. Únicamente de esta forma podrá el proveedor del servicio sustentar ante la DGI el gasto correspondiente.


De las profesiones liberales

  1. Una empresa que creó una Sociedad Anónima, para trabajar de forma mas seria con sus clientes, pero que factura menos de 36 mil anualmente, no cobra el 7% y se dedica publicidad de diseño gráfico y web (artes, etc.), ¿tiene que comprar la impresora fiscal?
  2. El Pequeño empresario que se dedica a dar soporte técnico a empresas y su compañía está a titulo personal, ¿es necesario comprar impresora fiscal?
  3. Tengo un pequeño negocio de páginas web, no es un ingreso constante y no es mucho lo que se gana, ¿debo gastar todo ese dinero para una impresora fiscal?
  4. Soy contador jubilado y para complementar el poco ingreso de jubilación, tengo que llevar libros a dos compañías. Por ley no pago impuesto de ITBMS porque mis ingresos no llegan a los $36,000.00 al año. ¿Tengo que comprar un equipo fiscal?
  5. Soy independiente, ofrezco consultorías de ventas y mercadeo y trabajo desde mi casa, ¿tengo que comprar impresora fiscales?
  6. ¿Las máquinas se aplicarán en las clínicas dentales, donde los odontólogos cobran por servicios profesionales?
  7. Algunos médicos cobran desde 10,000 por honorarios por operación. ¿Esos deben tener la impresora?
  8. Un negocio cuyo servicio es la organización de eventos como persona natural, ¿deben tener impresoras fiscales?
  9. Un Contratista de Pintura ¿debe tener una impresora Fiscal?

Profesión Liberal es aquella actividad en la que impera, el aporte intelectual, el conocimiento y la técnica, que se ejerce en forma independiente o a través de sociedades civiles constituidas por profesionales para prestar sus servicios.

Las personas que ejercen profesiones liberales o que prestan servicios técnicos de manera independiente o a través de sociedades civiles, no están obligadas a utilizar equipos fiscales.

Cuando se trate de operaciones que combinen el servicio profesional con actividades comerciales (venta de productos, alquiler de bienes), la empresa debe documentar todos sus ingresos a través de equipos fiscales.

Toda venta de bienes o prestación de servicios que se facture a través de sociedades anónimas debe documentarse mediante equipos fiscales.


Otras preguntas puntuales

Mi papa tiene un pequeño taller en donde se hacen camas de hierro de forma artesanal, esta considerado como micro empresario, a pesar del aumento del hierro, el no cobra ITBM, entiendo que debe iniciar el cobro y aumentar el costo a la comunidad. Pero ¿se debe comprar una impresora digital o una caja registradora?

El Código Fiscal establece que no son contribuyentes del ITBMS los pequeños productores, comerciantes o prestadores de servicios, que durante el año anterior hayan tenido un ingreso bruto promedio mensual no superior a los B/. 3,000.00 y sus ingresos brutos anuales no hayan sido superiores a B/.36,000.00. La adopción de equipos fiscales como medio de facturación de ninguna forma afecta esta norma. Las empresas pequeñas con un solo punto de facturación pueden optar por adquirir una caja registradora fiscal, que opera de manera autónoma. La DGI reconocerá un crédito fiscal equivalente al 50% del costo del equipo, hasta B/. 700.00 (el que sea menor) por cada equipo adquirido hasta el 30 de septiembre de 2011.

Tengo un rastro vendo piezas viejas no genero mas de 10 mil al año ¿cómo le hago factura a las personas por piezas viejas?, nadie desea factura por piezas llenas de grasa y viejas.

De acuerdo a la ley, es obligatoria la expedición de factura para documentar toda operación relativa a la transferencia, venta de bienes y prestación de servicios.

¿Cómo van a hacer las tienditas donde no hay ni siquiera luz?

En casos excepcionales, cuando a juicio de la Dirección General de Ingresos no sea viable la implementación de los equipos fiscales, se podrá autorizar otros medios.

Tengo una parrillada y si cada vez que se despacha una cerveza por 0.60 ¿yo necesito esta impresora?

Si el establecimiento factura y cobra cada ítem servido, igual se debe hacer con el equipo fiscal. Si por el contrario, el establecimiento lleva abierta las cuentas de los consumidores en su sistema de facturación, cierra la cuenta una vez consumado el servicio y emite la factura total correspondiente, igual manejo se daría con el equipo fiscal. Es obligatorio entregar al consumidor la factura emitida por el equipo fiscal.

Las constructoras y oficinas de arquitecturas ¿tienen que usar impresoras?

Oficina de Arquitectura: Siempre y cuando la actividad se ejerza de manera independiente o a través de una sociedad civil, estaría exceptuada del uso de equipos fiscales. Esta excepción no es extensiva a actividades ejercidas a través de sociedades anónimas.

Constructoras: La facturación producto de la actividad de construcción debe estar documentada mediante equipo fiscal.

Soy contratista de construcción y consultor ambiental, como persona natural ¿debo entrar en el ejercicio con la máquina fiscal?

Consultoría: Si la actividad la ejerce de manera independiente o a través de una sociedad civil, estaría exceptuada del uso de equipos fiscales para facturar los honorarios. Si el servicio lo presta una sociedad anónima, se debe adquirir equipo fiscal para facturar.

Contratista de construcción: La facturación producto de la actividad de construcción debe estar documentada mediante equipo fiscal.

Los pre-escolares y abogados que no cobramos el 7% ¿debemos tener impresoras fiscales?

La norma está dirigida a toda persona que genere ingresos gravables objeto del impuesto sobre la renta, independientemente de que estén recibiendo el beneficio de exoneración de dicho impuesto o del ITBMS. El uso de Equipos Fiscales abarca al sector de educación.

Los abogados que ejerzan su profesión de manera independiente o a través de sociedades civiles no están obligados a adoptar equipos fiscales.

Las empresas inmobiliarias ¿deben usar impresoras fiscales?

No se requiere documentar a través de equipos fiscales la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles bajo contratos notariados o inscritos en el Ministerio de Vivienda, realizadas por personas naturales o jurídicas que administran sus propios bienes sin la intervención de terceras personas.

Las cuotas de mantenimiento cobradas a inquilinos en condominios ¿deben facturarse mediante equipos fiscales?

No se requiere documentar a través de equipos fiscales las actividades de copropietarios relacionados con el cobro de las cuotas de mantenimiento establecidas en regímenes de propiedad horizontal.

Las empresas ubicadas EN ZONA LIBRE de impuesto TIPO HOWARD, ¿deben tener Impresora Fiscal?

Las empresas que no generen ingresos gravables, no están obligadas a adoptar equipos fiscales.

Las Cooperativas con actividad Agrícola y las Empresas Distribuidoras requieren impresoras fiscales?

La comercialización de productos agrícolas por parte del sector primario no requiere ser documentada a través de equipos fiscales. Sin embargo, las empresas dedicadas a la actividad industrial o de distribución, requieren documentar a través de equipos fiscales.


De los equipos fiscales y sistemas de facturación autorizados

¿La DGI tiene, -ahora con las impresoras fiscales-, que autorizar los programas de las impresas que tienen sus propios programas de facturación desarrollados por sus departamentos de cómputo?

Es interés de la DGI:

  1. Mantener actualizado el registro de programas de facturación en uso, y
  2. Asegurar que los programas de facturación sean debidamente compatibles con los equipos fiscales.

Tengo el programa de PeachTree, este programa es una interface. ¿Esta aprobada por la DGI o por la Aut. de Innovación Gubernamental?

Entendemos que localmente se están desarrollando soluciones que permitirán que las empresas puedan, por un lado, cumplir con los requerimientos de facturación a través de equipos fiscales, y por otro, continuar utilizando el programa Peachtree. Tan pronto la DGI valide el correcto funcionamiento de estos módulos, se hará el anuncio correspondiente.

Mi pequeño negocio tiene una caja registradora nueva con entrada de USB. ¿Necesito comprar una maquina nueva?

Es probable que la caja registradora en uso no contenga las especificaciones y componentes requeridos de un equipo fiscal. Los equipos fiscales que se deben adoptar son los autorizados por la DGI, identificados en el portal www.dgi.gob.pa. Esta lista es actualizada periódicamente.

Si una empresa hace menos de un año compró 7 cajas registradoras nuevecitas, ahora ¿tiene que botarlas? ¿Qué vamos a hacer con las cajas que acabamos de comprar? Tomando en consideración que somos pequeños negocios que acabamos de invertir en semejante gasto, y ahora hay que comprar otra, tomando en consideración que no van a servir en Panamá, el MEF no la va a comprar?

Los equipos en uso deben ser reemplazados por equipos fiscales autorizados por la DGI, identificados en el portal www.dgi.gob.pa. Esta lista es actualizada periódicamente.

Reconociendo que la nueva norma obligará a los contribuyentes a adquirir nuevos equipos de facturación, el Estado otorgará un crédito fiscal equivalente al 50% del costo del equipo, hasta B/. 700.00 (el que sea menor) por cada equipo adquirido hasta el 30 de septiembre de 2011.

Que hablen que después de cinco años la impresora se le agota la memoria de auditoría y hay que botar el equipo o comprar uno nuevo.

La memoria de auditoría, donde se almacenan las copias de cada comprobante fiscal emitido, puede ser reemplazada cuando se agote. La memoria fiscal, que almacena los totales diarios de venta, debe tener capacidad para un mínimo de 1,825 reportes "Z", lo que equivale a 5 años en caso de que el comercio opere los 7 días de la semana.

Las facturas pre-impresas tienen un consecutivo, las impresoras fiscales generan su consecutivo interno. Puede pasar que en un momento no coincidan. ¿Cómo van a controlar esto?

Entre las funciones que debe ejecutar el equipo fiscal está la identificación y numeración de cada comprobante fiscal emitido, utilizando un contador que lleva la secuencia numérica para cada tipo de documento. El número de identificación de cada documento estará compuesto por el Número de Registro del Equipo Fiscal y el correlativo o secuencial del documento o número de transacción.

El número consecutivo que tengan los formularios pre impresos, o cualquier otro número que el sistema de facturación pueda generar y que sea distinto al número de identificación del comprobante fiscal asignado por el equipo fiscal, no será información relevante para efectos de la validez (fiscal) de dicho comprobante fiscal.

Si por ejemplo yo soy un negocio con varias sucursales y una casa matriz, puede darse el caso de que en una de las sucursales de mi negocio una factura se cobró con cheque y cuando en casa matriz lo va a depositar, éste rebota por algún motivo y deseo hacer una nota de débito, ¿debe hacerse en la sucursal donde se emitió la factura? ¿No la puedo hacer en casa matriz? Si se puede, ¿necesito otra impresora fiscal allá?

Cualquier sucursal (o casa matriz) de una misma razón social podrá emitir, a través de un equipo fiscal, una nota de débito (o de crédito) relacionada con alguna factura emitida previamente por otro de sus equipos fiscales. En dichos comprobantes se podrá introducir el número de identificación de la factura originalmente emitida.


De aspectos contables, normativos y legales

¿Por qué en la ley se habla de 1,000 balboas de multa y el Sr. Cucalón habló de 5,000?

El Código Fiscal establece que quien incumpla será sancionado con multa de B/.1,000.00 a B/. 5,000.00, la primera vez y con multa de B/. 5,000.00 a B/.15,000.00 en caso de reincidencia. Además, la Dirección General de Ingresos deberá decretar el cierre del establecimiento por 2 días, la primera vez, y hasta 10 días en caso de reincidencia. Si persiste incumplimiento, se establecerá la sanción de clausura, por 15 días, del establecimiento de que se trata.

¿Una empresa puede seguir generando su facturas actuales como un documento que detalle la operación y usar una caja registradora fiscal para registrar la venta realizada?

No está permitido expedir facturas a través de un medio distinto al equipo fiscal. Cualquier documento descriptivo cuyo objetivo sea complementar con información adicional el contenido de una factura fiscal se podrá emitir bajo ciertas condiciones:

  1. el documento debe detallar el número de la factura emitida por el Equipo Fiscal,
  2. debe indicar claramente que es un documento fiscal, y
  3. no puede mostrar cifras (precios, impuestos, monto total).

Todas las exenciones de quienes tienen la obligación de comprar una impresora fiscal, ESTA POR LEY, esto no se puede reglamentar ya que están taxativamente establecidas. Se tendría que cambiar LA LEY.

La Ley 76 de 1976 establece "Cuando el giro, volumen o naturaleza de las actividades del contribuyente requieran de sistemas de facturación o archivo de documentos de naturaleza tributaria, distintos o especializados, a juicio de la mencionada Dirección y para facilitar el cumplimiento de los requerimientos tributarios, esta podrá, petición de parte o de oficio, aceptar o establecer nuevas formas, mecanismos, métodos, equipos, instrumentos o sistemas especiales de facturación o archivo de las copias de las facturas".

Si la venta fue 2,000 de ese chino, pero si su ganancia no es esto, ¿hay que ver el precio de costo y cuál fue su ganancia?

La ley establece la obligación de facturar el total de la venta o prestación de servicio. Es basado en esa cifra que se determina si un comercio esta o no exento de cobrar el ITBMS.

Los costos y gastos se identifican en la declaración de renta. El ejemplo que planteó el Director General de Ingresos (que utilizó genéricamente el término mini-super) destaca el abuso de ciertos empresarios, al no reportar sus ventas reales con el objetivo de acogerse a normas especiales orientadas a empresas más pequeñas. Estos casos pueden implicar tanto la elusión del ITBMS como la evasión del impuesto sobre la renta.

¿Cómo se hará con las devoluciones de impuestos, las auditorías ya que las facturas se imprimirán en papel térmico y el mismo se borra con el tiempo?

La Dirección General de Ingresos emitirá normas de calidad y durabilidad del papel que sea utilizado en las impresoras térmicas.


Del control y fiscalización para reducir la evasión

  1. Los comerciantes que están cobrando sin marcar en la caja registradora, seguirán cobrando con o sin impresora fiscal. ¿Cómo van a impedir que esto suceda?
  2. Después de pagar en una caja, solicité una factura y me la negaron. La dependip align=p align=ente dijo que no podía darme una factura de esa caja y llamó a un hombre queem ;/p/p/em /p/pstrong, /spanol/strong, /spanol/strong, /spanol/strong, /spanol canceló ;/p/pla compra y la cobró de otra caja, de la cual si me dieron factura. Cuandemspan face=/span o salí del establecimiento envié a mi style=/strong/emes style= /strongposa a comprar un artículo barato y a que lo pagara en la misma caja en donde me habían negado la factura. Afuera comparé los recibos y tenían RUC distinto, ¿esto es legal? ¿Cómo el nuevo sistema evitará esto?

Incumplimientos con las normas de facturación podrán evitarse de la siguiente forma:

  • Los comercios están obligados a facturar únicamente con equipos fiscales. Cada equipo fiscal adquirido por el usuario estará debidamente registrado ante la DGI.
  • Toda transacción registrada por el equipo fiscal quedará almacenada en su memoria de auditoría, y los totales de las ventas en la memoria fiscal que es inamovible e inviolable.
  • Solo las facturas emitidas por los equipos fiscales, tendrán validez legal para efectos de sustentar las comprobaciones de costos y gastos deducibles.
  • Se efectuarán sistemáticamente cruces de información con la documentación de ventas registradas a los comercios por parte de los proveedores.
  • Se multiplicarán los operativos de fiscalización por parte de la Dirección General de Ingresos.
  • Exhortando a los consumidores a ejercer su derecho y deber de exigir la factura, con lo que contribuyen de manera directa a reducir la evasión fiscal.

Ir a Equipos e Impresoras Fiscales - Ley 72 de 27 de septiembre de 2011.

Solo las facturas emitidas por los equipos fiscales, tendrán validez legal para efectos de sustentar las comprobaciones de costos y gastos deducibles.

 

Última actualización el Jun032012
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