Oct062006
¿Qué tiempo tengo para rectificar una declaración de renta?
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Según el artículo 710 del código tributario las Declaraciones Juradas de Renta podrán ser ampliadas o rectificadas, y tendrán un costo según el tipo de persona que la presente como se indica a continuación: |
Personas Naturales: Cien balboas (B/.100.00)
Persaonas júridicas: Quinientos balboas (B/.500.00)
Cuando se presenten después del plazo de doce (12) meses contados a partir de la presentación de la declaración jurada original.
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