Tributaciòn

Oct062006
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Según el artículo 710 del código tributario las Declaraciones Juradas de Renta podrán ser ampliadas o rectificadas, y tendrán un costo según el tipo de persona que la presente como se indica a continuación:

 

 Personas Naturales: Cien balboas (B/.100.00) 

Persaonas júridicas:  Quinientos balboas (B/.500.00) 

Cuando se presenten después del plazo de doce (12) meses contados a partir de la presentación de la declaración jurada original.

Última actualización el Abr282012
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