Tributaciòn

Sep242012
Contribuyentes - Tributación Escrito por CPA Omar Camero
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Indice del artículo
Resumen de modificaciones al código fiscal, Resolución de Gabinete No. 63 del 26 de junio de 2012
Declaración Estimada
Declaraciones Rectificativas
Tributación Internacional
Informe de precios de Transferencias
Acciones Preferidas
Actividad Agropecuaria
Todas las páginas

En esta oportunidad presentamos el resumen de las modificaciones al código fiscal de la resolución de gabinete No 63 del 26 de junio de 2012, en donde se establecen requisitos y condiciones para la aplicación de las acciones preferidas y nominativas; se amplia el rango para la presentación de las declaraciones de renta en actividades agropecuarias, así como modificación a la ley del AMIR, las rentas netas gravables en la actividad agroindustrial, entre otros.   Algunas de las modificaciones en la resolución de la que trata el presente resumen aplican a partir del 1ro de enero de 2013.

Plazo para la Presentaciòn de las Declaraciones de Renta


Todo contribuyente, está obligado a presentar  una declaración jurada de las rentas que haya obtenido durante el año gravable anterior así como de los dividendos o participaciones que se hayan  distribuido entre sus accionistas o socios de los intereses pagados a sus acreedores.


Los Plazos para  presentar anualmente  esta declaración jurada son:

1. Para las personas naturales hasta el 15 de marzo.

2. Para las personas jurídicas hasta el 30 de marzo.


Los contribuyentes podrán solicitar un prórroga para la presentación de la declaración de rentas, las cuales serán de hasta el 15 de abril  para las personas naturales 30 de abril para las personas jurídicas.



Última actualización el Sep252012
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